¿Sabía que las deudas son heredables? Conozca las alternativas para evitar que esto ocurra.
Cuando una persona muere deja en herencia su dinero, sus bienes y sus deudas; por eso antes de hacer la repartición de la herencia, se utiliza el patrimonio para pagarlas y el saldo que queda es el que se reparte entre los herederos.
Si las deudas fuesen mayor al patrimonio del fallecido, los herederos podrían rechazar la herencia o aceptarla bajo el beneficio de inventario, es decir, podrían hacerse cargo de la deuda hasta por el monto que les alcance con el patrimonio heredado.
Esta situación afecta la tranquilidad de quien toma un crédito y de la entidad que lo otorga, por eso existe el seguro de vida deudor. Un producto que se toma con una compañía de seguros para proteger el saldo insoluto (lo que falta por pagar) de los créditos comerciales, de vivienda, de libre inversión o microcréditos, cuando la persona que lo tomó fallece o sufre una incapacidad total y permanente.
En estos casos, el seguro libera a la familia del cumplimiento de la obligación financiera brindando tranquilidad al acreedor, que, como beneficiario del seguro, recibirá el dinero faltante de una deuda.
Tenga presente que la ley no obliga a las instituciones financieras a exigir este seguro a sus deudores, no obstante, cada entidad tiene la liberad para exigirlo en aras de respaldar los créditos que otorga.
Pese a lo anterior, la ley si exige la adquisición de un seguro para proteger un bien inmueble en caso de incendio y terremoto cuando se toma un crédito hipotecario. En estos casos el valor asegurado corresponde al valor comercial del inmueble en su parte destructible, es decir, excluye el valor del terreno.
Por otra parte, es importante que usted sepa que no está obligado a tomar el seguro con la compañía aseguradora que la entidad financiera establece. Por el contrario, el deudor tiene la libertad de buscar en el mercado un seguro que cubra en las mismas condiciones lo que le exige la entidad que le otorga el crédito.
No confunda el seguro de vida deudor con el seguro de vida. En este segundo caso se trata de un producto que también ofrecen las compañías aseguradoras, el cual busca proteger la estabilidad económica de la familia cuando el tomador del seguro muere, queda incapacitado o sufre una enfermedad grave de acuerdo con lo establecido en el clausulado. En este caso, los beneficiarios reciben una indemnización o suma de dinero pactada en la póliza.
Así mismo, no confunda el seguro de vida deudor con el seguro de crédito. En este segundo caso, se trata de un producto ofrecido por las compañías aseguradoras para que el empresario se proteja contra el riesgo de impago de las facturas emitidas por la venta de mercancías o servicios que realiza a crédito, es decir, no cubre en caso de muerte del deudor.
Revise bien las condiciones exigidas por las instituciones financieras que le van a otorgar un crédito y por ende, las del seguro que va a adquirir para respaldarlo. Reconozca las coberturas principales y adicionales, exclusiones, vigencia y mecanismo de renovación, así se sentirá más tranquilo usted, su familia y la institución financiera.
Adriana Yauhar
Especialista en educación financiera de Banca de las Oportunidades
Twitter: @AdrianaYauhar